Cuando una familia afronta una herencia de empresa familiar, no solo tiene que resolver quién continúa con el negocio. También debe valorar cómo tributa la transmisión y qué requisitos deben cumplirse para aplicar correctamente los beneficios fiscales disponibles.
Herencia de empresa familiar en Madrid, interesante reducción
Desde el 1 de julio de 2026, la Comunidad de Madrid cuenta con una reducción propia del 99 % para determinados supuestos de transmisión por fallecimiento de empresas individuales, negocios profesionales y participaciones en entidades.
Es una mejora importante, pero no se aplica de forma automática ni significa que el impuesto final sea del 1 %. Cada sucesión debe analizarse atendiendo a la actividad, las participaciones, el parentesco y la continuidad posterior.
Qué ha cambiado desde julio de 2026
La Ley 3/2026, de 30 de junio, de Apoyo a la Empresa Familiar, introdujo nuevas reducciones propias en el Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones de la Comunidad de Madrid.
En las adquisiciones por fallecimiento, la reducción puede alcanzar el 99 % del valor que cumpla los requisitos establecidos por la normativa.
Puede aplicarse, según el caso, a una empresa individual, un negocio profesional o participaciones en una sociedad.
Conviene hacer una distinción importante: hablamos de una reducción de la base imponible, no de una bonificación directa del 99 % sobre el impuesto resultante.
Además, esta reducción propia es incompatible con la reducción estatal equivalente del 95 %. La opción debe realizarse dentro del plazo de presentación de la autoliquidación.
Quién puede beneficiarse de la reducción
La nueva regulación amplía de manera significativa el círculo de posibles beneficiarios.
Se incluyen los familiares comprendidos en los grupos I, II y III del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, además de colaterales de cuarto grado por consanguinidad o afinidad.
Esto permite alcanzar, bajo las condiciones previstas en la norma, a familiares más allá del núcleo formado por cónyuge, padres e hijos.
La ley contempla incluso determinados supuestos para adquirentes del Grupo IV que mantengan una vinculación profesional con el negocio.
En estos casos se exige, entre otros requisitos, un contrato laboral o de prestación de servicios vigente y una antigüedad mínima de diez años. También deben haberse ejercido funciones de dirección durante los cuatro años inmediatamente anteriores al fallecimiento.
Empresa individual y participaciones no tienen los mismos requisitos
No todas las sucesiones empresariales se analizan de la misma manera.
Cuando se transmite una empresa individual o un negocio profesional, hay que comprobar que la actividad cumplía las condiciones establecidas legalmente y qué bienes estaban realmente afectos a ella.
Si la herencia incluye participaciones en una entidad, entran en juego otros requisitos.
La participación del fallecido debe representar, con carácter general, al menos un 5 % de manera individual o un 20 % conjuntamente con el grupo familiar previsto en la normativa.
Además, deben existir funciones efectivas de dirección y cumplirse las condiciones relativas a la remuneración. La entidad tampoco puede tener como actividad principal la mera gestión de un patrimonio mobiliario o inmobiliario.
Por eso, una herencia de empresa familiar exige revisar la estructura real del negocio y no únicamente el porcentaje que aparece en las participaciones.
Qué ocurre durante los cinco años siguientes
Aplicar correctamente la reducción en el momento de presentar el impuesto no termina el proceso.
La normativa establece un requisito de mantenimiento durante los cinco años posteriores al fallecimiento, salvo que el heredero fallezca antes.
En una empresa individual o negocio profesional deben mantenerse los bienes y derechos adquiridos y su afectación a una actividad económica.
Cuando se reciben participaciones, también debe conservarse el carácter económico de la actividad. Además, determinadas operaciones que reduzcan sustancialmente el valor de lo recibido pueden afectar al beneficio fiscal.
Incumplir el requisito de permanencia puede obligar a regularizar el impuesto y pagar intereses de demora.
Reducción del 99 % y bonificación del 99 % no son lo mismo
Este punto puede generar bastante confusión.
Madrid ya cuenta con bonificaciones sobre la cuota del Impuesto sobre Sucesiones para determinados familiares. La nueva medida para empresas familiares funciona antes, reduciendo la parte de la base imponible correspondiente a los bienes, negocios o participaciones que cumplen los requisitos.
Por tanto, afirmar simplemente que “solo se paga un 1 %” puede resultar engañoso.
El cálculo final depende de la composición de la herencia y de las circunstancias concretas de cada heredero.
La información actualizada sobre este beneficio puede consultarse también en la página oficial del Impuesto sobre Sucesiones de la Comunidad de Madrid.
Herencia de empresa familiar en Madrid: planificar el relevo antes de que llegue el momento
La mejora fiscal hace todavía más recomendable revisar con tiempo cómo está estructurada una empresa familiar.
Participaciones, funciones de dirección, remuneraciones, activos afectos a la actividad y estructura societaria pueden influir directamente en la aplicación de la reducción.
También conviene coordinar estos aspectos con el testamento y con la forma en que se pretende repartir la propiedad del negocio entre los futuros herederos.
Una buena planificación sucesoria no consiste únicamente en pagar menos impuestos. También debe facilitar que el negocio pueda continuar con una estructura clara después del relevo.
Cómo puede ayudar Andrés Jiménez
En Andrés Jiménez gestionamos herencias, testamentarías y particiones hereditarias, además de prestar asesoramiento en materia fiscal y de sociedades mercantiles.
Esto permite estudiar una sucesión empresarial desde distintos ángulos y comprobar la documentación antes de presentar el Impuesto sobre Sucesiones.
Si estás preparando el relevo de un negocio familiar o acabas de recibir participaciones, una empresa o una actividad profesional en una herencia, conviene estudiar el caso antes de aplicar directamente el beneficio fiscal.
La nueva regulación convierte la herencia de empresa familiar en Madrid en una operación potencialmente mucho más favorable, pero sigue requiriendo cumplir condiciones muy concretas.
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