
El concepto de IVA suele ser algo confuso para la gran mayoría de personas. Sabemos que se trata literalmente del Impuesto sobre Valor Añadido y que es algo que se debe pagar a Hacienda. Pero, ¿qué es exactamente el IVA repercutido o devengado? Lo vemos hoy en Andrés Jiménez.
Qué es el IVA repercutido o devengado
El IVA repercutido o devengado es el sobrecoste o importe adicional que se debe añadir al precio de los productos o servicios.
Las empresas o personas fiscales que cobran este tipo de IVA, actúan como meros recaudadores para Hacienda, puesto que ese importe no va destinado a sus arcas.
Por tal motivo, ese IVA debe añadirse al coste total del producto o servicio prestado. O dicho de otra manera, es un porcentaje que se añade al precio neto de venta.
Sin embargo, hay que prestar atención a si la venta está sujeta o exenta de IVA.
En la gran mayoría de los casos, el IVA repercutido es del 21%. Esto significa que de cada 100 € que paga un cliente por un producto o servicio, 21 € van directamente para Hacienda, siendo realmente 79 € lo que factura para sí el empresario.
Diferencia entre IVA repercutido e IVA soportado
El IVA soportado es el que se abona al adquirir un producto o servicio de cara al ejercicio de la actividad económica. En el caso de las empresas y los trabajadores autónomos, pueden deducirse el IVA soportado restándolo del IVA repercutido.
De este modo,el IVA a pagar será el resultante de restarle el IVA soportado al IVA repercutido.
Cuándo se puede deducir el IVA soportado
Antes de cantar victoria, es necesario aclarar que no todo el IVA soportado es deducible. Uno de los requisitos imprescindibles para poder deducirlo es que los gastos estén relacionados directamente con la actividad profesional desarrollada.
Por otra parte, las cuotas soportadas deben ser deducibles y se debe conservar la factura de la compra.
Entre los ejemplos más claros de gastos con IVA deducible están las compras de material de oficina, la gasolina y gastos de desplazamientos necesarios para el desempeño de la actividad, las dietas de trabajo y los gastos de telecomunicaciones (teléfono e Internet).
En Andrés Jiménez asesoramos a nuestros clientes sobre todo tipo de cuestiones referentes a Hacienda y otros organismos oficiales. Contacte con nosotros para que nos encarguemos de sus gestiones.