
La declaración del estado de alarma ha provocado, necesariamente, una serie de modificaciones en las cuestiones fiscales. En Andrés Jiménez explicamos cuáles son los procedimientos tributarios que han sido ampliados o aplazados por el coronavirus.
Medidas fiscales especiales
Una de las medidas especiales aprobadas por el gobierno consiste en ampliar un mes el plazo de presentación e ingreso de los impuestos para autónomos y pymes.
Por tal motivo, de manera excepcional, los pagos marcados en el calendario fiscal con un plazo máximo del 20 de abril, podrán efectuarse entre el 1 de abril y el 20 de mayo.
La fecha máxima para los pagos domiciliados será el 15 de mayo. Finalmente, el cargo de la deuda derivada que no se aplace se realizará también el 20 de mayo.
Qué procedimientos tributarios quedan aplazados por el coronavirus
Quedan dentro de esta medida todas las declaraciones y autiliquidaciones tributarias que debían vencer entre el Real Decreto-ley 14/2020, de 14 de abril y el 20 de mayo de este año.
Por tal motivo, se podrán aplazar entre otras cuestiones:
- pago del IRPF
- modelos de retenciones de IRPF
- IVA trimestral
- Impuesto de Sociedades
- declaración informativa de operaciones intracomunitarias
Sin embargo, la Declaración de la Renta no queda aplazada, ya que su plazo de vencimiento es posterior.
Procedimientos tributarios suspendidos por el coronavirus
A partir del Real Decreto Ley publicado el pasado 17 de marzo quedaron suspendidos algunos procedimientos tributarios.
Es el caso del vencimiento de aplazamientos y fraccionamientos de deuda. También de los plazos para atender requerimientos, solicitudes de información con transcendencia tributaria o formulación de alegaciones y diligencias de embargo (excepto cuando Hacienda indique lo contrario).
Además, el también queda suspendido el pago de deuda tributaria en periodo voluntario y ejecutivo, según se recoge en los apartados 2 y 5 del artículo 62 de la Ley 58/2003, de 17 de diciembre, General Tributaria.
En cualquier caso, es Hacienda quien determinará qué procedimientos quedan aplazados o suspendidos y las actuaciones especiales en cada caso.