Registro de la Propiedad en España

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Qué es el Registro de la Propiedad

El Registro de la Propiedad es una institución que depende del Ministerio de Justicia que sirve para llevar un control de los bienes inmuebles, así como las cargas y derechos que pesan sobre ellos.

¿Para qué sirve el Registro de la Propiedad?

Al igual que sucede con el Registro Mercantil, el de la propiedad sirve para hacer pública la titularidad y situación legal de cada inmueble.

En nuestro país no es obligatorio inscribir las propiedades en este registro para que sean legalmente de una persona en la mayoría de los casos. La excepción son los inmuebles asociados a una hipoteca, que siempre deben registrarse.

Ventajas de inscribir inmuebles en el registro

La mayor ventaja de la inscripción del inmueble es la seguridad o protección jurídica.

Una vez que un inmueble está registrado, sus derechos pasan a estar tutelados por el Ministerio de Justicia.

De este modo, solamente se considera como válido lo que aparezca en el registro, ya que previamente se habrán dado todos los pasos pertinentes para verificar la inscripción.

Además, la inscripción de los inmuebles facilita mucho las tareas burocráticas. Entre ellas, las más habituales son las operaciones de compra-ventas, alquiler y financiación.

Cuando se va a producir una compra venta, en el registro informan a la parte compradora de si la finca o el inmueble están libres de cargas.

¿Los datos son públicos?

Los datos del Registro de la Propiedad son de carácter público, con la particularidad de que es el Registrador quien determina si la persona que solicita conocer los datos tiene un interés legítimo respecto a una finca concreta.

Este hecho es primordial, porque protege a los propietarios.

¿Cómo se publicitan los actos?

Al igual que sucede con el Registro Mercantil, pueden publicitarse mediante nota simple o certificación.

La primera tiene solamente carácter informativo, mientras que la segunda acredita de manera fehaciente el contenido del Registro, debiendo estar siempre firmada por el Registrador.

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