Opciones de pago de la declaración de la Renta

Opciones de pago de la declaración de la Renta

A estas alturas del año, la gran mayoría de contribuyentes ya ha presentado la Declaración de la Renta 2019. Mientras algunos ya han recibido el abono por parte de Hacienda, otros tienen que pagar. Por eso, hoy en Andrés Jiménez analizamos las opciones de pago de la Declaración de la Renta existentes.

Cuáles son las opciones de pago de la declaración de la Renta

Si la declaración sale a pagar, básicamente existen dos opciones de pago de la declaración de la Renta. Una de ellas es pagarlo de golpe y la otra es fraccionar el pago. Veamos ambas opciones.

Pago único de la Declaración

La opción más directa es realizar un único pago a Hacienda, que puede efectuarse en efectivo, a través de adeudo o cargo en cuenta o mediante una domiciliación bancaria en alguna de las entidades autorizadas.

Es decir, debe hacerse en determinados bancos, cajas de ahorro y cooperativas de crédito.

Para quienes opten por la domiciliación bancaria, la fecha tope es el 25 de junio. La Agencia Tributaria comunicará la orden de domiciliación, que se hará efectiva el 30 de junio de 2020. Una vez cargado el importe, remitirán al contribuyente el justificante del pago.

Opciones de pago aplazado de la Declaración de la Renta

Para evitar el desembolso de golpe de todo el importe a pagar, existe la posibilidad de aplazar el pago en dos cuotas, sin que ello conlleve gastos o intereses adicionales.

En este caso, la primera cuota supondrá el 60% de la deuda total y se abonará en el momento de presentar la declaración.

La segunda cuota, del 40% restante, se abonará como tarde el 5 de noviembre de 2020.

Quienes quieran acogerse a este aplazamiento, deberá cumplir los siguientes requisitos:

  • haber presentado la declaración dentro de los plazos legalmente establecidos
  • que no se trate de una autoliquidación complementaria
  • abonar el 60% de la deuda en el momento de presentar la declaración

Cómo pagar de forma aplazada

El pago aplazado puede realizarse mediante la domiciliación de ambos pagos, solamente del segundo o de ninguno de los dos.

Si se quiere domiciliar el pago fraccionado de las dos cuotas, puede solicitarse hasta el 25 de junio de 2020. En el caso de querer domiciliar solamente el segundo pago, puede solicitarse hasta el 30 de junio de 2020.

La primera cuota la pasarían el 30 de junio y la segunda el 5 de noviembre de este año.

Deja un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *