
Existe una serie de gastos y comisiones en la compraventa de viviendas que es necesario conocer.
Gracias a la entrada en vigor de la LCCI (Ley de Contratos de Crédito Inmobiliario), determinados gastos han desaparecido o se han reducido.
Novedades con la llegada de la nueva ley
Por un lado se ha eliminado la criticada cláusula suelo de las hipotecas. Además, se han reducido las comisiones por amortizaciones, reembolsos anticipados e intereses de demora.
Por otro lado, el comprador que precisa una hipoteca puede elegir de manera gratuita al notario que quiere que verifique todos los documentos del préstamo.
Éste tendrá la responsabilidad de leer cada apartado y asesorar al comprador en caso de dudas.
Gastos y comisiones en la compraventa de viviendas sin préstamo hipotecario asociado
Aun cuando no existe una hipoteca de por medio, hay que tener en cuenta una serie de gastos importantes.
El abono de los gastos de notario deben acordarse entre ambas partes. Sin embargo, cuando no se trata el tema o no se llega a un consenso, es el vendedor quien paga los derechos notariales. La parte de los derechos de copia queda a cargo del comprador.
Para registrar la escritura en el Registro de la Propiedad es necesario abonar la tasa correspondiente. Ésta es fijada por el Estado.
Adicionalmente, han de abonarse los impuestos correspondientes. Si es una vivienda nueva, es el IVA del 10% el que debe abonar el comprador, además del AJD (Impuesto de Actos Jurídicos Documentados), que varía dependiendo de la comunidad autónoma.
Para las viviendas usadas, el impuesto a satisfacer es el ITP (Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales), que también puede alcanzar el 10%, según la comunidad autónoma.
Gastos y comisiones en la compraventa de viviendas con préstamo hipotecario asociado
Además de los gastos anteriormente citados, cuando existe un préstamos hipotecario de por medio, hay que contar con otra serie de pagos.
Tras la aprobación de la nueva ley las cantidades a abonar por el banco han aumentado considerablemente.
De este modo, el banco se hace cargo de los gastos de notaría, la minuta registral, gastos de gestoría y el Impuesto de Actos Jurídicos Documentados.
Por su parte, el comprador debe abonar la tasación de la vivienda (obtenga o no la hipoteca) y las copias de la escritura del préstamo hipotecario.
El incremento de los importes a abonar por parte de las entidades de crédito, ha traído como consecuencia que muchos bancos sugieran a sus clientes contratar determinados productos asociados.
Es el caso de seguros de vida o del hogar, tarjetas de crédito y otros productos bancarios que pueden mejorar las condiciones del préstamo.
Qué comisiones van asociadas a los préstamos hipotecarios
Además de todos los gastos citados anteriormente, existen una serie de comisiones que los bancos pueden cobrar.
Primeramente, la comisión de apertura que puede cobrar el banco. Es un importe que establece libremente cada entidad.
Luego, están las comisiones por amortización anticipada, que cuentan con unos límites determinados dependiendo de si se trata de hipotecas de tipo fijo o variable.
Finalmente, la comisión de novación, que permite modificar algunas condiciones del préstamo hipotecario.
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