Requisitos para solicitar las nuevas ayudas a pymes y autónomos

Requisitos para solicitar las nuevas ayudas a pymes y autónomos - Andrés Jiménez

En el anterior post de Andrés Jiménez hablamos de cómo se distribuyen los fondos de las nuevas ayudas aprobadas recientemente, así como los sectores que podrán recibirlas. En esta ocasión, explicamos cuáles son los requisitos para solicitar las nuevas ayudas a pymes y autónomos.

Cuáles son los requisitos para solicitar las nuevas ayudas

Son varios los requisitos que deben cumplir los solicitantes de estas nuevas ayudas del gobierno.

Por un lado, su empresa no financiera o actividad debe tener sede social en el territorio español.

Por otro lado, debe poder demostrar una caída en el volumen anual de operaciones de 2020 de al menos un 30% respecto al año 2019. Esto puede acreditarse mediante las declaraciones trimestrales de IVA.

Adicionalmente, debe pertenecer a alguno de los códigos CNAE (Clasificación Nacional de Actividades Económicas) reflejados en el Anexo I del Real Decreto-Ley 5/2021.

Otro de los puntos obligatorios es estar al corriente de las obligaciones fiscales y tributarias y del pago de obligaciones por reintegro de subvenciones o ayudas públicas.

También, el hecho de no haber sido condenado en sentencia firme a no poder acceder a ayudas o subvenciones públicas por diversos motivos.

Finalmente, no haber solicitado la declaración de concurso voluntario (ni encontrarse en ese momento en concurso) o haber sido declarado insolvente.

Además de todo esto, quienes reciban las ayudas, tanto empresas como autónomos, deberán mantener la actividad como mínimo hasta el 30 de junio de 2020. Tampoco podrán repartir dividendos ni en 2021 ni en 2022, ni subir las retribuciones durante dos años a los altos cargos de la empresa.

Cuantía de las ayudas

Una vez vistos los principales requisitos para solicitar las nuevas ayudas a pymes y autónomos, es interesante conocer la cuantía de las mismas.

Si bien es cierto que son las comunidades y ciudades autónomas quienes establecerán sus baremos y criterios para otorgar las ayudas, existen unos límites marcados.

Quienes trabajen bajo el régimen de estimación objetiva, no podrán superar los 3.000 € de ayuda.

En el caso de estimación directa, con un máximo de 10 empleados y con una caída superior al 30% en 2020, el importe máximo no podrá superar el 40% de la pérdida. El importe mínimo será de 4.000 € y el máximo de 200.000 €.

Con los mismos mínimos y máximos estarán las empresas o trabajadores autónomos que cuenten con más de 10 trabajadores. En este caso, las ayudas directas corresponderán al 20% de las pérdidas de 2020.

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